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JORNADA DE TRABAJO

Dia de descanso:

los trabajadore tienen a un dia de descanso a la semana, como lo dice la ley federal del trabajo ( un dia de descanso por cada 6 dias trabajados).

 

Trabajo dominical y la prima dominical:

 De acuerdo al artículo 71 de la LFT a las personas que laboren en domingo se les pagará adicional el 25% de un salario ordinario como PRIMA DOMINICAL, es decir si una persona tiene un ingreso ordinario de 100.00 por un día normal de trabajo, si laborase el domingo recibirá una prima de 25.00 adicional.

 

 

Dias de vacaciones y prima vacacional;

Para tener derecho a vacaciones los trabajadores deberan comprobar un año de trabajo. los trabajadores que tengan más de un año de servicios tienen el derecho a disfrutar anualmente de un periodo de vacaciones con goce de sueldo.Las vacaciones representan un derecho irrenunciable del trabajador señalado por la Ley, sin menoscabo de la remuneración habitual, ni la suspensión de la antigüedad en el empleo.Los trabajadores que tengan más de un año de servicios, podrán disfrutar, por cada año trabajado, de un periodo de descanso, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables y que aumentará en dos días laborables hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

 

Prima vacacional: 

Es la prestación en dinero, a la cual tiene derecho el trabajador con el objeto de recibir un ingreso extraordinario para el disfrute del periodo de descanso.Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones”.

 

 

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